Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
Quiero poner en conocimiento la Ley 14/2010.
Indicar que se publicó el día 31 de diciembre de 2010 en el D.O.C.M. número 251.
Enlace a la disposición:
Pero a lo largo del tiempo ha sido modificada por varias leyes, en concreto ha sido modificada por:
Ley 3/2017,de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas.
Otras Órdenes y Decretos que también le pueden influir:
Véase también D.O.C.M. 29 enero de 2016: Decreto 3/2016, de 26/01/2016, por el que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable.
Véase también D.O.C.M. 30 de diciembre de 2016: Decreto 87/2016, de 27/12/2016, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.
Véase también D.O.C.M. 18 enero de 2017: Orden 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha.
Y su contenido es:
Puedes encontrar toda la Ley con todas sus reformas en nuestra página en:
Exposición de Motivos.
Título Preliminar. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Titulares de derecho.
Artículo 3. Definición y finalidad de los servicios sociales.
Artículo 4. Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 5. Objetivos del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 6. Principios rectores del Sistema Público de Servicios Sociales.
TÍTULO I. Derechos y deberes.
CAPÍTULO I. Derechos y deberes de las personas usuarias de servicios sociales.
Artículo 7. Derechos de las personas usuarias de servicios sociales.
Artículo 8. Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales.
Artículo 9. Carta de derechos y deberes.
CAPÍTULO II. Derechos y deberes de las personas profesionales de los servicios sociales.
Artículo 10. Derechos de las personas profesionales de los servicios sociales.
Artículo 11. Deberes de las personas profesionales de los servicios sociales.
TÍTULO II. Organización del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 12. Niveles de atención del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 13. Relación entre los niveles de atención.
CAPÍTULO I. Los Servicios Sociales de Atención Primaria.
Artículo 14. Los Servicios Sociales de Atención Primaria.
Artículo 15. Funciones de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
Artículo 16. Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria.
Artículo 17. Centro Coordinador de Servicios Sociales.
CAPÍTULO II. Los Servicios Sociales de Atención Especializada.
Artículo 18. Los Servicios Sociales de Atención Especializada.
Artículo 19. Funciones de los Servicios Sociales de Atención Especializada.
Artículo 20. Equipamientos de Servicios Sociales de Atención Especializada.
CAPÍTULO III. Urgencia social.
Artículo 21. Urgencia social.
CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes.
Artículo 22. Historia Social.
Artículo 23. Plan de Atención Social.
Artículo 24. Profesional de referencia.
Artículo 25. Tarjeta social.
Artículo 26. Sistema de información de servicios sociales.
Artículo 27. Identificación del Sistema Público de Servicios Sociales.
CAPÍTULO V. La iniciativa privada.
Artículo 28. La iniciativa privada.
CAPÍTULO VI. Estructura territorial
Artículo 29. Estructura territorial.
Artículo 30. Zona de servicios sociales.
Artículo 31. Área de servicios sociales.
CAPÍTULO VII. Mapa de Servicios Sociales.
Artículo 32. Mapa de Servicios Sociales.
TÍTULO III. Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 33. Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
CAPÍTULO I. Catálogo de prestaciones de Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 34. Catálogo de prestaciones.
Artículo 35. Elaboración del catálogo de prestaciones.
Artículo 36. Prestaciones técnicas de Servicios Sociales de Atención Primaria.
Artículo 37. Prestaciones técnicas de Servicios Sociales de Atención Especializada.
Artículo 38. Prestaciones económicas.
Artículo 39. Prestaciones tecnológicas.
CAPÍTULO II. Provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 40. Formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 41. Gestión pública propia.
Artículo 42. Concertación con la iniciativa privada.
TÍTULO IV. Planificación en servicios sociales.
Artículo 43. Planificación general.
Artículo 44. Plan Estratégico de Servicios Sociales.
Artículo 45. Planes específicos.
Artículo 46. Planes Locales de Servicios Sociales.
TÍTULO V. Atención integral de servicios sociales y de salud.
Artículo 47. Atención social y sanitaria.
Artículo 48. Mecanismos de atención integral.
TÍTULO VI. Actuaciones administrativas en materia de servicios sociales.
Artículo 49. Autorizaciones administrativas.
Artículo 50. Acreditación de la calidad.
Artículo 51. Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales.
Artículo 52. Inspección y control.
Artículo 53. El personal de inspección.
Artículo 54. Actas.
TÍTULO VII. Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Artículo 55. Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
TÍTULO VIII. Régimen competencial.
Artículo 56. Responsabilidad pública.
Artículo 57. Competencias del Consejo de Gobierno.
Artículo 58. Competencias de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
Artículo 59. Competencias de los Ayuntamientos.
Artículo 60. Competencias de las Diputaciones Provinciales.
Artículo 61. Comisión de Cooperación Interadministrativa.
TÍTULO IX. Financiación del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 62. Principios de la financiación.
Artículo 63. Fuentes de financiación.
Artículo 64. Financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
Artículo 65. Financiación de los Servicios Sociales de Atención Especializada.
Artículo 66. Financiación de los equipamientos de servicios sociales.
Artículo 67. Participación de las personas usuarias en la financiación de servicios sociales.
TÍTULO X. Participación social.
Artículo 68. Participación social.
Artículo 69. Órganos de participación.
Artículo 70. Funciones del Consejo Asesor de Servicios Sociales.
Artículo 71. Composición del Consejo Asesor de Servicios Sociales.
Artículo 72. Procesos de participación.
Artículo 73. Participación en el ámbito de los centros.
Artículo 74. Voluntariado social.
TÍTULO XI. Calidad en servicios sociales.
Artículo 75. Disposiciones generales.
Artículo 76. Gestión de la calidad.
Artículo 77. Plan de calidad.
TÍTULO XII. Formación e investigación en servicios sociales.
Artículo 78. Formación en servicios sociales.
Artículo 79. Investigación, desarrollo e innovación en materia de servicios sociales.
Artículo 80. Instituto Regional de Investigación y Formación en Servicios Sociales.
TÍTULO XIII . Régimen sancionador.
Artículo 81. Sujetos responsables.
Artículo 82. Responsabilidad penal.
Artículo 83. Concurrencia de sanciones.
Artículo 84. Infracciones.
Artículo 85. Infracciones leves.
Artículo 86. Infracciones graves.
Artículo 87. Infracciones muy graves.
Artículo 88. Sanciones.
Artículo 89. Graduación.
Artículo 90. Órganos sancionadores.
Artículo 91. Plazo de resolución de los procedimientos sancionadores.
Artículo 92. Medidas cautelares.
Disposición adicional primera. Multas coercitivas.
Disposición adicional segunda. Carácter del silencio administrativo.
Disposición transitoria única. Disposiciones vigentes con carácter transitorio.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final única. Entrada en vigor.